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Bases y condiciones de Actividad Voluntaria Participativa

Sorteo de orden de compra exclusiva para BGH STORE (https://store.bgh.com.ar/)

 

  1. BGH S.A. con domicilio en BRASIL 731, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 30-50361289-1, (el “Organizador”), realizará mediante las redes sociales Instagram y Facebook, Usuario de Instagram: bghoficial, URL: https://www.instagram.com/bghoficial/; y el Usuario Facebook: BGH, URL: https://www.facebook.com/BGHsa, respectivamente, (en conjunto, la “Red Social”), una actividad voluntaria participativa llamada “Sorteo de Orden de Compra Exclusiva para BGH STORE” (el “Sorteo”), que tendrá vigencia en todo el territorio de la República Argentina (el “Territorio”), desde el 09 de octubre de 2023 a las 11.00 horas hasta el 31 de octubre de 2023 a las 11.00 horas (la “Vigencia del Sorteo”), el cual quedará sujeto a las siguientes bases y condiciones (las “Bases”).
  2. Podrán participar en el Sorteo los interesados que reúnan y/o cumplan con los siguientes requisitos: i) sean personas físicas, con capacidad para contratar, ii) cuenten con un usuario activo en la Instagram y/o Facebook y, iii) cumplan con la totalidad de los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases (el/los “Participante/s”).
  3. No podrán participar en la Sorteo las personas jurídicas, personas físicas sin capacidad para contratar, las personas que no cuenten con un usuario activo en la Red Social, el personal del Organizador y de las agencias publicitarias involucradas en este Sorteo, y del personal por éstos contratado para seguridad y limpieza, sus cónyuges y/o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ni los ex empleados que se hubieran desvinculado de las mismas dentro de los ciento ochenta (180) días corridos anteriores a la fecha del comienzo del Sorteo, ni sus cónyuges y/o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, inclusive. La participación en el Sorteo es abierta al público, sin Obligación de Compra o contratación de ningún producto o servicio de marca BGH.
  4. Mecánica del Sorteo: Podrán participar por los Premios que se indican en el punto 7.1. de las presentes Bases, todos los interesados que cumplan con la totalidad de los requisitos de estas Bases y que durante la Vigencia del Sorteo completen el formulario de registro https://store.bgh.com.ar/sorteo-110-bgh (el “Formulario”) con los siguientes datos requeridos veraces y completos del Participante: Nombre, Apellido, Dirección de email y fecha de cumpleaños (los “Dats”).

Se admitirá la presentación de un formulario por persona. En caso de verificarse el intento de participación mediante maniobras que transgredan y/o intenten transgredir lo anterior, serán de aplicación las consecuencias establecidas en el punto 17 de estas Bases.

  1. Cumpliendo con la mecánica de participación del Sorteo establecida en el Punto 4. precedente, el Participante jugará por el Premio conforme lo establecido en el punto 8 de las presentes Bases. Los Participantes podrán participar una (1) sola vez durante la Vigencia del Sorteo con la misma Casilla de E-mail.
  2. Serán descalificados y quedarán excluidos del Sorteo los Participantes que no acepten las presentes Bases y/o no cumplan con todos los requisitos exigidos de manera precedente y/o quienes falsearen sus Datos para participar de forma reiterada y/o quienes no completen todos los Datos, como así también quienes no los completen correctamente.
  3. Premio: 7.1. El premio consiste en un (1) cupón de descuento de $110.000 (pesos ciento diez mil con 00/100) para compras exclusivamente efectuadas en https://store.bgh.com.ar/ (el “Store”), el cual se asignará mediante azar (cantidad máxima disponible: 1 (una) unidad).

El Premio será válido solo en los términos que se detallan en estas Bases y en las condiciones que el cupón de descuento establezca. El Ganador deberá hacer uso personal del cupón de descuento dado que este es intransferible. El Premio no incluirá, para el Ganador cualquier otra compensación y/o beneficio más allá de los expresamente informados en el cupón de descuento. El cupón de descuento podrá ser enviado a la Casilla de E-mail del Ganador hasta el día 06 de noviembre de 2023 a las 18:00 horas. En caso de que el Ganador no recibiera dicho correo electrónico antes del día y horario mencionado deberá efectuar el reclamo pertinente al email info@bghstore.com.ar, asunto “Sorteo de Orden de Compra Exclusiva para BGH STORE”.

7.2. El Premio no podrá ser transferido ni canjeado por su valor en efectivo u otro tipo de Premio equivalente por igual monto, no podrá ser vendido y es para el uso personal del Ganador. BGH no se responsabiliza ni se hará responsable por costos y/o gastos y/o consumos que pudieran o debieran abonar el Ganador para hacer uso del Premio.

  1. Sorteo: El Sorteo del Premio indicado en el punto 7.1. se llevará a cabo el 31 de octubre de 2023 a las 11 horas en la calle Ingeniero Butty 275, Piso 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Sorteo”), en el cual mediante la utilización de un software operado por el Organizador y ante un escribano público, se elegirá al azar 1 (un) Participante quien, siempre que haya cumplido correctamente con los requisitos de participación establecidos en las presentes Bases para el Sorteo, será potencial ganador del Premio (el/los “Potencial/es Ganador/es del Premio”). Al momento del Sorteo, el escribano público, labrará el acta respectiva en la cual se procederá a individualizar al Potencial Ganador del Premio quien resultó elegido al azar.
  2. En dicho Sorteo, se elegirán al azar 2 (dos) Participantes suplentes (el/los “Potencial/es Ganador/es Suplente/s”) para el caso que el Premio no resultare asignado al Potencial Ganador del Premio seleccionado en primer término.

Es condición de notificación válida que los Datos ingresados en el Sitio y los de su Casilla de E-mail, a los efectos de la notificación de cada Potencial Ganador del Premio, sean completos y veraces y que la Casilla de E-mail, se encuentren habilitadas, activas y accesibles, bajo apercibimiento de dar por decaído el potencial derecho a la asignación del Premio.

  1. Sólo se entregará el Premio correspondiente al Participante que cumpla con los requisitos establecidos en estas Bases. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en estas Bases hará perder al Ganador el Premio, sin derecho a reclamo alguno. El Potencial Ganador será notificado por un colaborador del Organizador de su condición de tal vía correo electrónico a la Casilla de E-mail informado al momento de la registración. En caso de que el Potencial Ganador no respondiera de forma afirmativa al correo electrónico enviado por el Organizador, dentro de las 72 (setenta y dos) horas de recibido el correo electrónico, perderá su condición de Potencial Ganador. Solo en caso de que el Potencial Ganador contestare de forma afirmativa el correo electrónico adquirirá la condición de Ganador del Premio. En efecto, la falta de respuesta al correo electrónico mencionados por parte del Potencial Ganador le hará perder a éste el derecho a la asignación definitiva del Premio. En este caso, el Organizador procederá a notificar la condición de Potencial Ganador al Potencial Ganador Suplente inmediatamente posterior en el Sorteo, quien deberá cumplir con los mismos requisitos para tener derecho a la asignación del Premio.

Si ninguno de ellos respondiera satisfactoriamente a lo aquí establecido, el Premio quedará vacante en los términos del punto 16. de las presentes Bases.

  1. Con la sola participación en el Sorteo, cada Participante podrá ser notificado por el Organizador de su incorporación al Newsletter.
  2. La asignación definitiva del Premio se encuentra supeditada a la validación del cumplimiento de todos los requisitos descriptos en el punto 4, la respuesta al correo electrónico dispuesto en los puntos 10. por parte del Potencial Ganador del Premio, y de lo dispuesto en el punto 13. de estas Bases. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones hará perder al Potencial Ganador del Premio el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno.
  3. A partir de la asignación definitiva del Premio, el Potencial Ganador del Premio resultará en ganador del Premio (el “Ganador”).
  4. El Premio será enviado al Ganador por correo electrónico a la Casilla de E-mail conforme lo dispuesto en el punto 7. Si por cualquier circunstancia extraordinaria y/o sobreviniente, el Ganador no pudiera gozar del Premio según lo dispuesto en estas Bases, el Ganador se compromete a informar al Organizador tal circunstancia, a efectos de que el Premio sea asignado a alguno de los Potenciales Ganadores Suplentes. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones estipuladas hará perder al Ganador del Premio el derecho a la asignación del Premio, sin derecho a reclamo alguno.
  5. Sólo se entregará el Premio correspondiente al Participante que cumpla con los requisitos establecidos en estas Bases y que acredite ser el exclusivo titular de la Casilla de E-mail. A todo evento, en ocasión de la recepción del Premio el Ganador deberá confirmar la misma mediante correo electrónico como condición obligatoria para la entrega formal del Premio, conforme el punto 11 de las presentes Bases.
  6. Finalizada la Vigencia del Sorteo, el Premio no asignado por cualquier causa, o habiendo sido asignado no hubiera sido confirmado según lo establecido en el artículo 11, quedará en propiedad y a disposición del Organizador no generando derecho a reclamo alguno por parte del potencial ganador y/o participantes.
  7. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Sorteo que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distintas a las detalladas en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante, al igual que las participaciones con datos falsos y/o inexactos. En tal caso, de haber resultado Potencial Ganador o Ganador del Premio, perderá el derecho a obtener dicho Premio.
  8. El Premio no incluirá ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de aquello indicado expresamente en las presentes Bases y en el cupón de descuento, siendo intransferible y el Ganador no podrá cederlo. La sustitución del Premio por el Ganador está prohibida. El Premio no puede ser canjeado por dinero en efectivo ni por ningún otro bien ni cualquier otra prestación distinta de las previstas en estas Bases.
  9. Todos los costos, gastos y/o erogaciones que se deriven de la participación o de la obtención o asignación y retiro del Premio, así como también todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse con motivo de la organización o difusión de del Sorteo al Estado Nacional, sociedades del estado y/o provincias y/o municipalidades y/o gobierno de la ciudad en que se encuentre el Participante y/u otro gobierno local o que se imponga en el futuro sobre el Premio o con motivo de la participación, organización o difusión del Sorteo, como así también los gastos, sin limitación, de traslado y estadía en que incurra cuando concurra a reclamar la asignación o a retirar o a utilizar el Premio, como cualquier otro, estarán a exclusivo cargo del Ganador.
  10. El Organizador no solicitará ninguna suma de dinero, ni claves personales, ni datos bancarios y/o datos financieros de los Participantes para participar en el Sorteo y/o para la asignación del Premio. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudiera sufrir el Participante y/o el Ganador, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación en el Sorteo y/o con motivo o en ocasión del retiro y/o asignación y/o uso del Premio, así como tampoco de cualquier daño y/o perjuicio que el Participante y/o el Ganador pueda sufrir como consecuencia del retiro y/o entrega del bien adquirido por el Ganador mediante el uso del Premio. En caso de que, por cualquier motivo, el Sorteo no se realice el Organizador no será responsable; de producirse este supuesto, el Participante y el Ganador renuncian expresamente a reclamar contra el Organizador. El Ganador declara conocer los riesgos de la actividad a la que da acceso el Premio y acepta los mismos, por lo cual, libera al Organizador de cualquier responsabilidad por daños que pudiera sufrir en su persona y/o en sus bienes y renuncia expresamente a formular reclamo alguno contra el Organizador por esta causa. El Organizador no será responsable ni deberá brindar asistencia al Ganador para que éste obtenga y/o pueda utilizar el Premio. El Ganador reconoce y acepta que la creación de un usuario en el Store y/o cualquier información que fuera requerida para efectuar la compra, se encuentran a su exclusivo cargo, siendo responsabilidad pura y exclusiva de él aportar información verídica y fidedigna, manteniendo indemne al Organizador de cualquier información errónea que hubiera suministrado.
  1. El nombre completo del Ganador podrá ser publicado en la Página Web y/o Red Social del Organizador. Los Ganadores otorgan al Organizador su consentimiento previo, expreso e informado para divulgar su nombre y apellido, su usuario en la Red Social y su imagen con fines promocionales conforme lo establecido en el punto 24.
  2. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios y/o modificar la Vigencia del Sorteo, sin otorgar derecho a reclamo alguno, siempre conforme la normativa vigente. Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar este Sorteo, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno, siempre conforme la normativa vigente. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia del Sorteo, respetándose la normativa vigente. La participación en la Sorteo no implica obligación de compra alguna.
  3. La probabilidad de ser Ganador de alguno del Premio dependerá de la cantidad total de participaciones recibidas. En consecuencia, en el supuesto que participaran 500 Participantes en el Sorteo, con una chance de ganar cada uno, y participando en una sola oportunidad cada uno, la probabilidad de cada Participante de resultar Ganador será de 1 en 500.
  4. El Participante como condición para tener derecho a la asignación al Premio, además de lo expresado en los puntos anteriores, autoriza al Organizador expresamente mediante la aceptación de estas Bases y mediante la participación en el Sorteo para que éste utilice sus voces, imágenes y datos personales, con fines promocionales, en los medios y formas que el Organizador disponga, durante la Vigencia del Sorteo y hasta transcurrido un (1) año de finalizado el Sorteo. La presente autorización es realizada en los términos del artículo 1770 del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 53 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362, de los artículos 5 y 6 de la Ley 25.326 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, el Participante y/o el Ganador no tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización de su imagen mencionada precedentemente.
  5. Al participar del Sorteo, cada Participante acepta y otorga todos los permisos y autorizaciones que fueran necesarias para que el Organizador pueda incorporar los Datos que informa en el Formulario a las bases de datos que posee y/o que a futuro puedan crearse. En tal sentido los Datos de los Participantes y Ganadores serán incluidos en una base de datos del Organizador, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. Finalizado el Sorteo y adjudicado el Premio, el Organizador mantendrá aquellos datos que sean necesarios para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus datos personales, los Participantes y Ganadores prestan expreso consentimiento para que tales datos personales puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente (Artículo 27, inciso 3, Ley 25.326), comunicándose por email a marketing@bgh.com.ar.
  6. El Organizador no será responsable por fallas en la red Internet, desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Sorteo.

Toda inscripción/registración y/o envío de código que altere y/o modifique el normal desarrollo del Sorteo fuera o no recibido con posterioridad a la Vigencia del Sorteo no será válida.

  1. La participación en el Sorteo implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas. El Organizador tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes Bases, reservándose asimismo el derecho de cancelar, suspender o modificar esta Sorteo por circunstancias no previstas que sean ajenas a la voluntad del Organizador, decisiones que serán inapelables y los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno, aclarándose que cualquiera de las mencionadas circunstancias, modificaciones y decisiones serán ajustadas a la legislación vigente y comunicada a los Participantes.
  2. Estas Bases podrán consultarse en el https://bgh.com.ar/basesycondiciones_sorteo110aniversario.
  3. El Organizador manifiesta que esta Sorteo no está patrocinado, avalado ni administrado por ni asociado en modo alguno a la Red Social.
  4. La presente Promoción será difundida mediante correo electrónico y la Red Social. El presente Sorteo y las Bases se regirán e interpretarán de acuerdo a las leyes de la República Argentina.
  5. Para cualquier controversia o cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Sorteo, el Organizador y los Participantes, por el sólo hecho de participar en el Sorteo, se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.